El Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) establece las condiciones sanitarias a que deberá ceñirse la producción, importación, elaboración, envase, almacenamiento, distribución y venta de alimentos para uso humano, con el objeto de proteger la salud y nutrición de la población y garantizar el suministro de alimentos sanos e inocuos.
Se aplica a todas las personas naturales o jurídicas, que se relacionen o intervengan en los procesos aludidos anteriormente, así como a los establecimientos, medios de transporte y distribución destinado a dichos fines.
Consolidado de observaciones y respuestas a la consulta pública propuesta modificación arts. 147 y 154 sobre aditivos.
(Tipo: .pdf; Tamaño: 77 Kb) Texto en consulta pública entre el 20 de mayo y 20 de julio de 2012