La atención de las ITS está orientada a:
• Abordar las necesidades de salud de las personas que consultan por una ITS o que perciben riesgo frente a estas infecciones
• Prevenir la transmisión vertical de la sífilis (de la madre al hijo/a) evitando la sífilis congénita
• Fomentar el control de salud de las personas que ejercen el comercio sexual para la prevención, detección, diagnóstico y tratamiento oportuno las ITS.
En Chile, las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) se encuentran reguladas por el Código Sanitario, el Reglamento sobre Infecciones de Transmisión Sexual y por las Normas de Manejo y Tratamiento de las Infecciones de Transmisión Sexual, del año 2008.
Estos documentos establecen, por una parte la confidencialidad y la gratuidad de la atención para las personas en el Sistema de Salud Público, y por otra, la necesidad de que cada red asistencial determine el o los establecimientos que brindarán atención especializada para estas infecciones.
Las Unidades definidas para brindar esta atención reciben el nombre de Unidades de Atención y Control de Salud Sexual (UNACESS).
La atención de ITS que realizan las UNACESS considera el acceso a exámenes de pesquisa, diagnóstico, tratamiento y seguimiento, la entrega de consejería y condones como parte de la atención integral de salud.
La atención a las personas que ejercen el comercio sexual se denomina “Control de Salud Sexual”, aborda aspectos relacionados con la salud sexual y reproductiva y la mantención de condiciones saludables, con especial énfasis en la detección, tratamiento precoz de las ITS, así como en su prevención. Es de carácter biopsicosocial, voluntario y periódico. Considera la atención diferenciada por sexo y con enfoque de género, incluye la oferta de exámenes, condones, consejería en gestión de riesgo, examen físico y derivación a otros servicios clínicos según corresponda.
El acceso a las UNACESS considera la atención por demanda espontánea y mediante el sistema de referencia y contrarreferencia.